La inseguridad en una comunidad de vecinos no solo es provocada por el número creciente de robos que experimentados durante los últimos años, también por ocupaciones ilegales de viviendas, actos de vandalismo, incendios, intrusismo en zonas comunes y un largo etcétera. En este sentido, una de las principales funciones de los administradores de fincas es velar por la seguridad de los vecinos adoptando pautas y medidas eficaces que estén amparadas por la ley, ya que es habitual que los propietarios, guiados por el temor, adopten medidas irregulares o ilícitas.
Inversión en sistemas de seguridad
Resulta más fácil y eficiente proteger las áreas comunes y los accesos, que cada vecino invierta en un sistema de seguridad particular para su vivienda o trastero. Por ejemplo, las cámaras de vigilancia se han afianzado como el mejor recurso disuasorio en las comunidades de vecinos. Ahora bien, deben instalarse de acuerdo con la normativa vigente, la cual ha de ser conocida por el administrador de fincas. Además, las cámaras se pueden complementar con otros sistemas de seguridad, como controles de acceso para personas y vehículos, pulsadores de emergencia o sistemas anti-intrusión.
Estos sistemas deben ser instalados por profesionales cualificados, puesto que las cámaras no pueden captar, en ningún caso, espacios públicos que atenten contra la privacidad y la protección de datos. De hecho, un mal uso de estos sistemas de seguridad puede acarrear sanciones cuantiosas.
No delegar funciones de seguridad a los conserjes
Las rondas de vigilancia o el control de las cámaras de vigilancia han de ser efectuados por empresas y personal de seguridad cualificado, y no por porteros o conserjes. De hecho, delegar esta función en una grave infracción contemplada en la Ley de Seguridad Privada.
Iluminación adecuada en las áreas comunes
La luz coarta a los intrusos, mientras que la oscuridad o la escasa iluminación en zonas comunes, como piscinas, zonas verdes o soportales les permite delinquir con discreción. Por tanto, una iluminación apropiada en dichos espacios, particularmente vulnerables, disminuye el riesgo de intrusión. Si se trata de luces que se activan con detectores de movimiento, el efecto disuasivo será todavía mayor y supondrá un ahorro energético.
Colocación de extintores
Será el administrador de fincas quién informe a los vecinos sobre el cumplimiento de la Norma Básica de Edificación NBE-CPI 96, la cual obliga a la colocación de extintores a todos los edificios construidos después del mes de octubre de 1996. En edificios anteriores a dicha fecha no es obligatorio colocarlos, excepto si se han llevado a cabo reformas importantes como la instalación de un ascensor o la construcción de una escalera.
En la actualidad existe, además, un decreto que establece a nivel nacional la dotación de Instalaciones de Protección Contra Incendios mínimas exigibles, así como un Código Técnico de Edificación que marca los requerimientos básicos que deben cumplir los inmuebles en materia de incendios. Asimismo, el administrador de fincas ha de estar al tanto de la legislación a nivel autonómico, como, por ejemplo, el Reglamento de Prevención de Incendios aprobado por la Comunidad de Madrid y otras ordenanzas municipales, si las hubiera.
Por último, señalar que la comunidad de propietarios debe contar con un contrato de mantenimiento de extintores a través de una empresa acreditada que lleve a cabo regularmente las correspondientes inspecciones obligatorias.
Las personas mayores o con necesidades especiales deben facilitar su número de teléfono al presidente de la comunidad
Emergencias 112 aconseja que las personas con necesidades especiales remitan su número de teléfono al presidente de la comunidad de vecinos para que este cree un grupo de WhatsApp compuesto por vecinos voluntarios. A través de este chat se podrá solicitar ayuda y cooperación para llevar a cabo determinadas tareas, como la compra de medicamentos o de productos del supermercado, así como otros artículos esenciales para el día a día de aquellos vecinos que puedan tener dificultades a la hora de salir de sus domicilios.
Adoptar las medidas pertinentes en la comunidad en cuanto a prevención de riesgos laborales
En las comunidades de vecinos se aprecia un gran desconocimiento sobre el cumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales, y lo cierto es que se pueden recibir graves sanciones si no se cumplen los requerimientos y normas establecidas en este ámbito. Por tanto, es muy importante que el administrador de fincas esté debidamente informado sobre estas responsabilidades. El desconocimiento de la normativa no exime de la ley, por lo que puede suponer sanciones de responsabilidad administrativa, civil y penal.
Desarrolla tu labor como administrador de fincas con la mayor eficiencia optando por el plan de SOS Administradores que mejor se ajuste a cada una de tus comunidades. La misión de SOS Administradores es ayudar a los administradores de fincas a lograr la excelencia en su cometido a través de un servicio ágil y profesional que les permite tener bajo control las situaciones que se pueden dar día a día en una comunidad de vecinos.